El H. Congreso del Estado de Michoacán, depositario de la soberanía popular al constituirse por diputados electos por los ciudadanos para representarlos, tiene entre otras funciones la de vigilar la adecuada, transparente y oportuna aplicación de los recursos públicos de los michoacanos.

Para el cumplimiento de la función de control y vigilancia que le confiere  la Constitución Política del Estado de Michoacán, el H. Congreso cuenta con un órgano técnico encargado de la fiscalización de las cuentas públicas, cuyo funcionamiento e integración está a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización Superior de Michoacán.

Este Órgano Técnico, denominado Auditoría Superior de Michoacán, lleva a cabo, en cumplimiento de la referida Ley, la revisión y fiscalización con criterio uniforme y profesional de la cuenta pública del Gobierno del Estado, de los Municipios y demás entidades que administren recursos públicos, verificando el cumplimiento de los planes y programas establecidos en sus respectivos Programas Operativos Anuales, así como en la normatividad aplicable.

Además, acatando puntualmente los mandatos contenidos en la ley, la Auditoría Superior de Michoacán coadyuva a la protección del patrimonio de las entidades; a promover la eficacia, oportunidad y calidad de los servicios públicos; y, no menos importante, a impulsar la cultura de la rendición de cuentas y la transparencia en la actuación de los servidores públicos.

 

CP. VERÓNICA ESTHER MENDOZA TORRES

AUDITORA SUPERIOR DE MICHOACÁN

 

 
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